Por Walter R. Fagyas, M.Sc. — Consultor senior en energía
Esta semana, tres resoluciones marcan la pauta de lo que está sucediendo con los subsidios de Nación en el sector de energía. Arrancamos el lunes con dos resoluciones de la Secretaría de Energía, que revelan que están poniendo la lupa sobre los beneficiarios de los subsidios al gas y electricidad. Y finalizamos el viernes con otra resolución de la misma secretaría, que mencionando una Nota del Ministro de Economía, reduce el precio de referencia del gas para junio, lo que incrementa el subsidio entre ese precio y el que deben pagar las distribuidoras de gas, como Camuzzi Gas del Sur, por el Plan GasAr. Ya habíamos visto una puja similar, entre recortar subsidios y mantenerlos o aumentarlos https://alertadigital.ar/aumentos-de-gas-y-electricidad-entre-la-birome-del-estado-y-las-audiencias/ . Pero hoy me gustaría que analicemos qué está cambiando y qué sigue igual con los subsidios al gas.
Empecemos con el lunes, ambas resoluciones se dictan bajo el paraguas que el Presidente declaró la emergencia del Sector Energético Nacional. Desde el Decreto 55 de diciembre de 2023, se declaró la emergencia energética nacional, extendida hasta julio de 2025. Estableciendo un período de transición hacia subsidios energéticos focalizados, inicialmente previsto para finalizar en noviembre de 2024, pero prorrogado hasta el 31 de mayo de 2025. Aquí me permito una aclaración, querida lectora, querido lector, cada vez que encuentren la expresión “subsidios focalizados” se traduce como quita de subsidios, por “sintonía fina” como le llamaban hace años o directamente recorte a los beneficiarios.
Recordemos que actualmente coexisten varios tipos de subsidios, en el caso del gas, tenemos la Tarifa Social Federal de Gas, Zona Fría y el Registro de Acceso a los Subsidios a la Energía (RASE), que también incluyen a los de electricidad. Este último registro es una segmentación de subsidios por nivel de ingresos, que arrancó en el 2022, y que permite categorizar a los usuarios: N1 los de mayores ingresos sin subsidios, N3 ingresos medios y N2 los de bajos ingresos, ambos con diferentes niveles de subsidios. En este sistema, los usuarios puedan solicitar cambios de categorización de manera ágil y gratuita https://subsidios-energia.argentina.gob.ar/ . Además, se autorizó al ENARGAS a implementar procedimientos de asignación y revisión de estos subsidios.
El gobierno informó que, del relevamiento efectuado por la Subsecretaría de Transición y Planeamiento Energético, donde funciona el RASE, descubrieron que había usuarios categorizados como Nivel 2 de Bajos Ingresos, cuyo medidor corresponde a zonas de alto poder adquisitivo o que viven en clubes de campo en los que se abonan altas sumas en concepto de expensas, lo cual revela los ingresos reales de estos hogares. Al ser recategorizados como usuarios con ingresos altos pierden este subsidio. Por esta razón y para futuras recategorizaciones, la Secretaría de Energía aprobó el “Procedimiento para la Revisión de la Categorización Asignada en el Registro de Acceso a los Subsidios a la Energía (RASE)” (lo pueden descargar como anexo en este link) https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/325932/20250526. Es decir que, si un usuario es recategorizado (pierde el subsidio por bajos ingresos), este procedimiento indica que pasos debe seguir para demostrar que la categoría anterior era la correcta y por otra parte evitar multas y/o sanciones.
Y aquí viene la novedad, en los casos que se verifique que la declaración jurada presentada por un interesado, o su modificación, contenga información manifiestamente falsa, junto con la exclusión del beneficio, se podrá ordenar, a través de los organismos de regulación competentes, la facturación de todos los importes que le hubieren sido incorrectamente bonificados, con más sus intereses moratorios y punitorios, sin perjuicio de otras acciones y sanciones que pudieren corresponder. O sea, los usuarios que accedan a beneficios de manera fraudulenta sufrirán la facturación adicional por los importes incorrectamente subsidiados, incluyendo intereses, además de posibles acciones legales.
La resolución también establece que, los usuarios que ya hubieren solicitado su inclusión en el RASE no tendrán necesidad de volver a inscribirse, aunque podrán acceder a los formularios de declaración jurada a fin de actualizar la información del grupo conviviente.
Ahora vayamos a la otra resolución del lunes, también bajo el paraguas de la emergencia energética nacional. En este caso se refiere a la Ley 27.637, que amplío las zonas geográficas con beneficios tarifarios para usuarios en regiones denominadas "Zona Fría" buscando aliviar el peso económico de los habitantes de estas regiones, que inicialmente abarcaba la Patagonia y luego se extendió a otras provincias. Los beneficiarios reciben descuentos del 50% o hasta el 30% en las tarifas de gas, dependiendo de la situación de vulnerabilidad del usuario. Recordemos que el régimen tarifario diferencial de “Zona Fría” se superpone, a los beneficios otorgados por otras normas, con lo cual podría darse el caso de que un mismo usuario acumule en su factura el beneficio por Zona Fría, los descuentos correspondientes al Nivel 2 o Nivel 3 del régimen de segmentación del RASE, y la Tarifa Social Federal de Gas, establecida en el 2016.
Al realizar un control, se identificaron casi 140.000 CUIT o CUIL de titulares de beneficios de “Zona Fría” registrados en forma repetida, por lo cual con una misma identificación se asignó el beneficio de manera automática para 2 o más medidores. El gobierno considera que la repetición de medidores resulta un indicador de que el beneficiario es titular, posee, u ocupa más de un inmueble, lo que contradice la condición de vulnerabilidad que debe verificarse para acceder al cuadro tarifario diferencial equivalente al 50% del cuadro tarifario pleno. Por esta razón, se instruyó a la Subsecretaría que mencionamos anteriormente, para que, en la conformación del Registro Único de beneficiarios y beneficiarias especiales del Régimen de Zona Fría, aplique el criterio por el cual los usuarios que detenten la titularidad o registro de más de un medidor solo podrán acceder a un descuento del 30% (en lugar del 50%) de los cuadros tarifarios plenos calculados por el ENARGAS. Aunque el beneficiario tiene el derecho de presentar evidencias acerca de su condición de vulnerabilidad, a través del “Modelo de Gestión Unificada - Ventanilla Única Social” de la ANSES.
De esta manera, el gobierno estableció un nuevo criterio para acceder al descuento del 50% para los usuarios en condición de vulnerabilidad en “Zona Fría” y depuró el registro RASE de beneficiarios de Bajos Ingresos, recategorizándolos y haciéndoles perder este subsidio. Y en caso de considerar que había obtenido el subsidio fraudulentamente, les podría cobrar lo subsidiado incorrectamente, más interés y posibles acciones legales. Es decir, ajustaba el porcentaje de subsidios o directamente se los quitaba a un número de usuarios y avisa que viene con el “garrote” para los que consideraba que habían solicitado el subsidio con información manifiestamente falsa.
Pero el viernes, con la resolución que mensualmente viene fijando el precio del gas natural que cobra cada distribuidora, en el caso de Neuquén, Camuzzi Gas del Sur, a los usuarios de gas. La Secretaría de Energía mencionó que, para junio, el Ministro de Economía fijó una reducción del 1,91% en el precio del gas natural que debe cobrar cada distribuidora de gas en el país. Para tener una idea, el precio que debería pagarle la distribuidora a los productores que fueron adjudicados en el plan GasAr promediaba los U$S 3,57/mmBtu, pero en verano este precio tiene un descuento y en invierno un aumento, quedando cerca de los U$S 4,50/mmBtu para junio. Mientras que el precio que Camuzzi Gas del Sur puede cobrar a los usuarios en Neuquén, con el descuento fijado por el Ministerio de Economía, quedó en U$S 3,08/mmBtu. La diferencia entre lo que cobra Camuzzi y lo que debe pagarle al productor de gas se cubre con un subsidio del Estado Nacional.
Y aquí se preguntará ¿por qué cuando el precio del gas sube en invierno el gobierno decide reducirlo? La respuesta la podemos encontrar en https://alertadigital.ar/por-ahora-y-hasta-el-2030-el-gas-y-la-electricidad-subiran-con-la-inflacion/ . En la misma nota del Ministerio de Economía, con relación a las tarifas correspondientes al segmento de transporte y distribución de gas natural, se indicó en la citada nota que estas deberán ser incrementadas conforme a los resultados de las revisiones tarifarias quinquenales llevadas adelante por el ENARGAS, y de acuerdo con las pautas indicadas al respecto en la Nota del 28 de abril de 2025 del Ministerio de Economía. En otras palabras, la tarifa de transporte gas y de distribución aumentan con la fórmula de inflación mayorista e inflación minorista, que ya analizamos el mes pasado, pero al tercer componente de la factura de gas que usted paga, el precio del gas, Economía le baja el precio al gas (a costa de mayores subsidios) para reducir el impacto del aumento de los otros dos componentes de la factura. El lunes el ENARGAS debería publicar los cuadros tarifarios y ahí podremos ver cómo queda este nuevo balance.
En conclusión, para intentar responder ¿qué está cambiando y qué sigue igual en los subsidios de gas? Primero, vemos un esfuerzo de ajustar los subsidios, reduciendo los subsidios a los beneficiarios de “Zona Fría” con dos o más medidores a su nombre o cruzando el lugar donde viven con la declaración de usuario de bajos ingresos (en mayo serían ingresos menores a un millón cien mil pesos por hogar) para los subsidios solicitados en el RASE. A este esfuerzo de control, se le suma el de policía, ya que en caso de que la información cargada en el RASE resulte fraudulenta, se le cobrara el importe indebidamente subsidiado, más intereses y acciones legales. Pero, por otra parte, se vuelve a utilizar las tarifas como ancla para la inflación, nada nuevo en este gobierno ni en los otros gobiernos que lo han precedido, incrementando el monto de los subsidios. Por un lado, habilita utilizar la fórmula aprobada el mes pasado para que las transportistas y distribuidoras de gas puedan aumentar sus tarifas con una fórmula que mide mensualmente la inflación minorista y la mayorista. Y en paralelo reduce el precio de gas que se traslada a la factura, en un intento de disminuir o neutralizar el aumento de transporte y distribución, que se traduce en una mayor diferencia a subsidiar.
Veremos cómo coexisten estas dos “fuerzas”, por un lado, la del recorte y por otro lado, la del aumento de subsidios. Mientras que la inflación no muestre signos de haberse estabilizado durante un tiempo y sigan incrementándose los subsidios para frenarla, llegaremos a una situación de “sabana corta”. Cuando ya no se encuentren en los registros de subsidios “inconsistencias” para disminuirlos o quitárselos a esos usuarios. En ese momento, el gobierno se vería forzado a decidir entre quitar subsidios de otro forma y alimentar la inflación o seguir alimentando los montos que debe pagar el Estado para mantener las facturas de gas “controladas”. Espero tengan un buen domingo! Nos leemos la semana que viene.